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CEBALLOS, ALEJANDRO GUSTAVO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia al establecer la actualización del capital por RIPTE y fijar intereses.

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Indemnización por accidente de trabajo con incapacidad del 9,99%

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928 y dispuso que el capital de $3.535.990 se actualice por RIPTE y se le añadan intereses del 6% anual hasta la liquidación, y luego un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago. Fundamentos relevantes:
- La indemnización tarifada por la ley de riesgos del trabajo tiene un sistema especial de valorización por RIPTE.
- El RIPTE mantiene incólume la acreencia cuantificada en dinero a la fecha del infortunio, a pesar de la pérdida del valor del peso.
- El RIPTE constituye un mecanismo de actualización basado en la evolución de los salarios, que evita que la inflación afecte el monto de la indemnización.
- Se fija un interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, para compensar la privación del capital.

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