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MAIDANA, ARIEL LEONARDO c/ COTECSUD COMPAÑIA TECNICA SUDAMERICANA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido injustificado contra sus empleadoras. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo.

Despido injustificado Multa art 2 ley 25 323 Art 29 lct Entrega de certificados de trabajo Contratacion a traves de agencia de trabajo temporario

Despido injustificado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo del actor. Se consideró que Avon era la verdadera empleadora del actor, por lo que se le impusieron las indemnizaciones derivadas del despido injustificado. También se condenó a las demandadas al pago de la multa del art. 2 de la ley 25.323 y a la entrega de los certificados de trabajo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que Cotecsud no acreditó los requisitos para que la contratación del actor a través de una agencia de trabajo temporario fuera válida. Por lo tanto, correspondía aplicar el art. 29 de la LCT y considerar a Avon como la verdadera empleadora. También confirmó la procedencia de la multa del art. 2 de la ley 25.323 y la condena a entregar los certificados de trabajo.

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