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CAMINOS DEL RIO URUGUAY S.A. DE CONSTRUCCIONES CONCESIONES VIALES c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA s/ACCION DECLARATIVA

La concesionaria vial recurrió la decisión de primera instancia que rechazó in limine su acción declarativa. La Cámara confirmó el rechazo por entender que la pretensión excedía el marco de la acción declarativa.

Concesion vial Accion declarativa Incertidumbre juridica Transferencia de establecimiento Absorcion de personal


¿Quién es el actor?

Caminos del Río Uruguay S.A. (CRUSA), concesionaria vial

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional
- Ministerio de Economía y Dirección Nacional de Vialidad

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare aplicable el art. 225 LCT (transferencia de establecimiento) a los contratos de trabajo del personal afectado a la concesión, y se ordene incluir en los pliegos licitatorios la obligación del adjudicatario de absorber a esos trabajadores.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó in limine la acción declarativa por entender que la pretensión excede el marco de esta vía y busca obtener medidas que van más allá de una mera declaración de certeza. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La acción declarativa tiene por objeto despejar una incertidumbre jurídica, pero en este caso la empresa no alberga duda sobre la aplicabilidad de la normativa laboral que invoca, sino que pretende obtener medidas concretas. Además, la empresa intenta incidir sobre el proceso licitatorio y el contrato de concesión vigente, lo cual excede el objeto de la acción declarativa.

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