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GODOY TRANSITO EUSEBIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora reclamó la aplicación de la movilidad prevista en el fallo Badaro sobre su renta vitalicia previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia y ordenó reconocer el derecho a la movilidad reclamado.

Seguridad social Movilidad Renta vitalicia previsional Badaro Haber minimo garantizado Deprati


¿Quién es el actor?

Godoy Transito Eusebia

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aplicación de movilidad prevista en "Badaro" sobre renta vitalicia previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y ordenó reconocer el derecho a la movilidad reclamado por la actora. La jueza Dorado consideró que correspondía aplicar la doctrina del fallo "Deprati" de la CSJN, en el que se indicó que el Estado debe garantizar el cumplimiento del mandato constitucional de otorgar movilidad a las jubilaciones. En disidencia, el juez Fantini entendió que la actora ya había obtenido una sentencia que ordenaba a la ANSES abonarle la diferencia hasta alcanzar el haber mínimo garantizado, por lo que la aplicación de "Badaro" y "Deprati" resultaba improcedente, al tratarse de pretensiones excluyentes.

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