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AZOFRA, ADRIANA SILVIA c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó a EDESUR SA por daños derivados de cortes reiterados en el suministro eléctrico. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a pagar indemnizaciones por daño material, moral y punitivo.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Dano material Dano punitivo Servicio publico Energia electrica Cortes de suministro


¿Quién es el actor?

Adriana Silvia Azofra

¿A quién se demanda?

EDESUR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por cortes de suministro eléctrico

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a EDESUR a pagar indemnizaciones por daño material (400.000 pesos), daño moral (669.000 pesos) y daño punitivo (535.000 pesos). Los fundamentos principales fueron:
- EDESUR tiene una obligación de resultado en la prestación del servicio eléctrico, por lo que responde objetivamente por los perjuicios causados.
- Los argumentos de EDESUR sobre el congelamiento tarifario y la imposibilidad de garantizar la ausencia total de fallas no la eximen de responsabilidad.
- Los daños materiales como la pérdida de alimentos, gastos en restaurantes y otros derivados de los cortes se presumen acreditados.
- El daño moral derivado de la alteración del ritmo de vida y la necesidad de encontrar medios alternativos se encuentra debidamente fundado.
- Procede el daño punitivo por la gravedad y reiteración de la conducta de EDESUR.

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