NAYAR, ELVIRA BEATRIZ Y OTROS c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados demandan la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la declaración de inconstitucionalidad y ordena la devolución de lo retenido.
Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c, de la Ley de Impuesto a las Ganancias que dispone el descuento de dicho impuesto sobre los haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declara la inconstitucionalidad de la norma, ordenando a la AFIP abstenerse de efectuar retenciones y proceder a la devolución de los montos retenidos en los últimos 5 años, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema en el precedente "García" estableció que la capacidad contributiva resulta insuficiente como parámetro para establecer tributos a los jubilados, siendo necesario ponderar la vulnerabilidad de este colectivo. La ley no cumple con los parámetros fijados por la Corte.
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