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OLARTE, HARTY c/ EN-VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR-CONARE (EX 892611/19 - RESOL 431/20) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor interpuso recurso contra la denegación de su reconocimiento como refugiado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró su incompetencia territorial y ordenó remitir las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

Recurso directo Denegacion de reconocimiento como refugiado Competencia de la justicia federal contencioso administrativa Procedimiento de impugnacion de resoluciones denegatorias


¿Quién es el actor?

OLARTE, HARTY

¿A quién se demanda?

EN-VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR-CONARE (EX 892611/19
- RESOL 431/20)
- Objeto de la demanda: Reconocimiento como refugiado
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró su incompetencia territorial y ordenó remitir las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. La Cámara señaló que, de acuerdo a la ley 26.165 de reconocimiento y protección al refugiado, es competente la justicia federal en lo contencioso administrativo. Sin embargo, el decreto 942/24 modificó el procedimiento de impugnación, disponiendo que contra la resolución denegatoria del estatus de refugiado, el solicitante puede interponer recurso judicial directo ante la cámara federal de apelaciones competente. Conforme al domicilio denunciado por el actor, correspondía remitir las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, sin perjuicio de lo que se resolviera respecto a la habilitación de instancia, competencia en razón del grado, y los planteos de inconstitucionalidad efectuados.

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