DE LA TORRE, MARIA TERESA c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La AFIP apeló los honorarios regulados a favor de la parte demandada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los emolumentos por considerarlos ajustados a la ley.
¿Quién es el actor?
María Teresa De La Torre
¿A quién se demanda?
AFIP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios regulados a favor de la parte demandada, considerando apropiadas las pautas aplicadas por el a quo, como la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica y la importancia de la cuestión debatida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, y habida cuenta de la naturaleza del juicio, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate –caducidad de instancia-, la importancia de la cuestión debatida (fondo e incidente resuelto a fs. 157) y la calidad y eficacia de las labores desarrolladas durante el proceso cumplidas ante primera instancia, corresponde CONFIRMAR –desde que sólo fueron apelados por bajos–, los emolumentos de la dirección letrada y representación legal a favor de la parte demandada (arts. 16, 19, 21, 29, inc. a, b y g, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; resol. SGA. 3495/24)." "Asimismo, ponderando idénticas pautas a las enunciadas en el párrafo que antecede, y lo establecido en el art. 33 de la ley 21.839 —cfr. esta Sala en autos: "Zambrano, Ricardo Jorge c/EN-M de Justicia y DDHH s/proceso de ejecución", 4/10/22—, la entidad del asunto discutido –incidente resuelto el 15/4/24 a cargo de la vencida– y las tareas desempeñadas en la anterior instancia, corresponde CONFIRMAR los emolumentos de la mencionada parte."
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