CPC SA c/ EN - PEN - ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS SANEAMIENTO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
Regulación de honorarios de letrada de la parte demandada en incidente de medida cautelar autónoma. La Cámara Contencioso Administrativa Federal fija los honorarios de la abogada.
¿Quién es el actor?
CPC SA
¿A quién se demanda?
EN
- PEN
- ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS Y SANEAMIENTO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de medida cautelar autónoma
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios de la letrada de la parte demandada en $239.169,6, equivalente a 3,6 U.M.A. Se deja constancia que la regulación deberá ser cancelada conforme al art. 51 de la ley 27.423, y que no incluye el IVA, el cual deberá ser adicionado en su caso. Los fundamentos principales son: "En atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate —medida cautelar autónoma—; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas durante el trámite ante esta Alzada —fondo y recurso extraordinario—".
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