SPOSATO, MAURO NICOLAS c/ EDENOR SA-DNU 55/23 70/23 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra los aumentos en la facturación del servicio eléctrico. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó el rechazo in limine y ordenó la tramitación de la acción.
¿Quién es el actor?
Mauro Nicolás Sposato
¿A quién se demanda?
EDENOR S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de los aumentos en las tarifas eléctricas dispuestos por los DNU 70/23 y 55/23.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó el rechazo in limine dispuesto en primera instancia y ordenó la tramitación de la acción de amparo. Señaló que el rechazo in limine debe reservarse para supuestos excepcionales de inadmisibilidad manifiesta, algo que no ocurría en el caso, pues se pretendía la tutela de derechos fundamentales como la salud. Indicó que el juez debía integrar adecuadamente la litis y tramitar las eventuales medidas cautelares. Fundamentos relevantes: "El amparo ha sido establecido a favor de los particulares como un remedio expedito contra las arbitrariedades e ilegalidades de las autoridades públicas; por lo tanto, la exclusión de esa vía no puede fundarse en una apreciación meramente ritual (Fallos: 330:1076), en tanto su objeto, más que una ordenación o aseguramiento de competencias, es el efectivo resguardo de los derechos fundamentales." "El rechazo in limine aparece, en general, como una figura que no guarda adecuación con los fines de protección constitucional que supone el amparo, pues consagra una solución incompatible con el objeto fundamental de la demanda, esto es, la tutela inmediata de los derechos humanos consagrados por la Constitución Nacional y los tratados a ella incorporados."
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