CAMPOS, RODOLFO GABRIEL c/ EN - M DEFENSA - ARMADA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, modificó parcialmente la regulación de honorarios a favor de la letrada apoderada de la parte demandada, aplicando criterios de equidad y proporcionalidad a la labor profesional realizada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, resolvió un incidente sobre regulación de honorarios a favor de la letrada apoderada de la parte demandada. El tribunal consideró que, para lograr una retribución equitativa y justa, no corresponde una aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles cuando éstos llevan a una evidente desproporción con la labor realizada. Según el criterio de los jueces, al regular los honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego, más allá del mero valor del juicio. En base a estas pautas, la Cámara elevó los honorarios regulados inicialmente a la suma de $33.816, equivalente a 0,50 UMA, por considerar que dicho monto se ajusta de manera más adecuada al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional desarrollada.
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