Logo

MICROOMNIBUS CUARENTA Y CINCO SACIF c/ CNRT (EX 37338039/24) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8

Empresa de transporte de pasajeros impugna multa de la autoridad de transporte. La Cámara declara inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la autoridad.

Arbitrariedad Transporte publico Multa Recurso extraordinario federal Nulidad Gravedad institucional


¿Quién es el actor?

Microomnibus Cuarenta y Cinco SACIF

¿A quién se demanda?

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de dos multas impuestas por la CNRT por infracciones a la normativa de transporte público.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala IV declaró la nulidad de las multas impuestas por la CNRT. Ante el recurso extraordinario federal interpuesto por la CNRT, la Cámara lo declaró inadmisible. Los principales fundamentos de la decisión son:
- Los agravios de la CNRT sólo traducen su disconformidad con las razones de hecho y prueba que fundaron el pronunciamiento de la Sala, aspectos que constituyen materia propia de los jueces de la causa y no de la instancia extraordinaria.
- La CNRT no logró demostrar que la sentencia carezca de los presupuestos mínimos para ser considerada un acto judicial válido, es decir, que no constituya una derivación razonada del derecho aplicable.
- Tampoco se configura un supuesto de gravedad institucional, pues la CNRT no acreditó que la decisión excediera del interés individual de las partes e impactara de manera directa en el interés de la comunidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar