TRIAS NICOLAS FERNANDO c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativo Federal declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la letrada contra la resolución que fijó los intereses sobre honorarios regulados bajo la ley 27.423.
Diferencia de valor de U.M.A. e intereses sobre honorarios regulados bajo la ley 27.423
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la letrada debido a que el monto involucrado ($ 1.210.330,62) no supera el mínimo legal de apelación establecido en el artículo 242 del CPCCN ($ 2.100.000).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Tribunal de Alzada tiene la potestad de revisar de oficio la procedencia y el alcance de lo apelado, más allá de la voluntad de las partes.
- El monto a considerar es el correspondiente a la fecha en que la letrada solicitó la ejecución coactiva de la diferencia de U.M.A. e intereses, ya que a partir de allí se inicia un nuevo estado procesal.
- Dado que el monto involucrado no supera el mínimo legal de apelación, la resolución de primera instancia resulta inapelable.
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