OJEA, BERNARDO CARLOS c/ EN - AFIP - 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda por inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias referidos a la retención de su haber jubilatorio. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la declaración de incompetencia y ordenó al juzgado de primera instancia reasuma el conocimiento de la causa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El señor Ojea promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la AFIP (actual ARCA) a fin de que se declare la inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias que determinan la retención de su haber de retiro militar, y se condene a la demandada a reintegrarle las sumas afectadas. El juez de primera instancia declaró su incompetencia y remitió las actuaciones a la Justicia Federal con asiento en San Fernando, lugar del domicilio del actor. El actor apeló esa decisión. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la declaración de incompetencia, señalando que en asuntos patrimoniales como este no procede la incompetencia de oficio, y ordenó al juzgado de primera instancia reasuma el conocimiento de la causa. Fundamentó que la jurisprudencia de la Sala admite la prórroga de la competencia territorial en este tipo de asuntos, salvo oposición de la otra parte, que no se verificó.
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