BRUSCHI, LAURA MARIELA Y OTRO c/ BELLO, JESUS ALBERTO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los demandantes promovieron acción por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia, disminuyendo los montos otorgados en primera instancia por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó los montos de incapacidad sobreviniente y daño moral, reduciéndolos. Confirmó el resto de la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Sobre incapacidad: Si bien se acreditaron las secuelas, la falta de constancias de atención médica oportuna impone aplicar parquedad en la valoración, al menos del aspecto físico. Se deben ponderar las limitaciones reales en el desempeño laboral y social de los demandantes, considerando sus edades, actividades, etc.
- Sobre daño moral: Debe tenerse en cuenta el carácter resarcitorio del rubro y la entidad del sufrimiento causado, sin que deba guardar necesariamente relación con el daño material. Aquí, atendiendo a que los demandantes alegaron no haber tenido lesiones graves y no acreditaron tratamientos, corresponde una moderada indemnización.
- Sobre intereses: Se confirma el criterio de aplicar la tasa activa desde el hecho, pero se difiere la decisión sobre eventuales intereses moratorios por incumplimiento a la etapa procesal correspondiente.
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