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NAVARRO, MIGUEL ROBERTO c/ LA PRIMERA DE GRAND BOURG S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y estableció que los intereses moratorios se calcularán a la tasa activa cartera general del Banco de la Nación Argentina.

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Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo que los intereses moratorios se calcularán a la tasa activa cartera general del Banco de la Nación Argentina, desde el día del accidente y hasta el efectivo pago. Confirmó lo demás resuelto. Los principales fundamentos fueron:
- La crítica de la demandada a la responsabilidad no cumplió con los requisitos del art. 265 CPCC, por lo que se declaró desierto el recurso.
- Respecto al daño moral, los apelantes no aplicaron las pautas del art. 1741 CCyC para su cuantificación, por lo que también se declararon desiertos esos recursos.
- Sobre los intereses, el tribunal interpretó que el art. 768 inc. c) CCyC faculta a los jueces a fijar una tasa bancaria, por lo que corresponde aplicar la tasa activa cartera general del Banco Nación.

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