LOPEZ, SANDRA ESTER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La viuda demandó a la ANSES por pensión directa. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó el pago de la diferencia entre el haber que percibe y el haber mínimo garantizado.
Otorgamiento del beneficio de pensión directa
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Ordenó a la ANSES que abone la diferencia entre el haber que percibe la actora y el haber mínimo garantizado por ley, desde los dos años anteriores al reclamo administrativo. También declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto 157/2018 sobre imposición de costas.
Fundamentos principales:
- La actora ya obtuvo el beneficio de pensión por los aportes al ex régimen de capitalización, por lo que el motivo principal del recurso ha quedado sin materia.
- Sin embargo, corresponde ordenar el pago de la diferencia hasta el haber mínimo garantizado, conforme la jurisprudencia de la CSJN en los fallos "Deprati" y "Etchart".
- Respecto al impuesto a las ganancias sobre la retroactividad, corresponde hacer lugar al planteo de exención, de acuerdo a lo resuelto por este tribunal en el precedente "Calderon".
- En cuanto a las costas, deben imponerse a la demandada sustancialmente vencida, en concordancia con la jurisprudencia de la CSJN en "Morales".
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