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LLANOS, LIDIA ANDREA c/ ANSES s/PENSIONES

La demandada apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de pensión directa interpuesta por la viuda. La Cámara Federal confirmó la decisión de otorgar el beneficio solicitado al considerar al causante como aportante irregular con derecho.

Costas Prescripcion Inconstitucionalidad Aportante irregular Pension directa


- Actora: Lidia Andrea Llanos, en su carácter de viuda del Sr. Mauricio Mario Becerra
- Demandada: ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda de pensión directa

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa impugnada y ordenó a la ANSES otorgar el beneficio de pensión directa a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el causante, al momento de su fallecimiento a los 45 años, contaba con 9 años y 6 meses de aportes, lo que superaba el 50% de los aportes mínimos exigibles proporcionalmente a su vida laboral de 27 años, por lo que correspondía reconocerlo como aportante irregular con derecho.
- Esto es consistente con la jurisprudencia de la CSJN en los fallos "Pinto, Ángela Amanda", "García Cancino, María Angélica" y "Anconetani, Mirta Haydee".
- Respecto a la prescripción del artículo 82 de la ley 18.037, la Cámara revocó ese punto de la sentencia de primera instancia al advertir que la demandada no había opuesto esa defensa, correspondiendo el pago de las sumas devengadas desde el día posterior al fallecimiento del causante.
- La Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto 157/2018 y condenó en costas a la demandada sustancialmente vencida.

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