BORACHOC, NELIDA BEATRIZ c/ ANSES s/PENSIONES
La actora promovió demanda por pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que otorgó el beneficio de pensión, al no haberse acreditado la culpabilidad de la actora en la separación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Nelida Beatriz Borachoc demandó a la ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de pensión por el fallecimiento de su cónyuge, el Sr. Emilio Vicente Stortoni. La ANSES denegó la prestación argumentando que no se habían presentado pruebas fehacientes de la dependencia económica de la actora respecto del causante. La Cámara Federal de Rosario, Sala A, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. El tribunal señaló que para perder el derecho a pensión, en caso de separación de hecho, corresponde demostrar la culpabilidad de la actora, lo cual no se acreditó en el caso. Además, destacó que la falta de sostenimiento económico al momento del fallecimiento no es un requisito excluyente para acceder al beneficio. Los jueces Aníbal Pineda y Fernando Lorenzo Barbará concluyeron que, en virtud de la naturaleza alimentaria y protectora de la pensión, y ante la ausencia de prueba de culpabilidad de la actora en la separación, correspondía confirmar la sentencia que otorgó el beneficio.
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