GARCIA, CARMEN FELISA c/ ANSES s/HABER MÍNIMO GARANTIZADO
La actora solicitó el pago de la diferencia entre su haber jubilatorio y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Carmen Felisa García promovió demanda contra ANSES reclamando el pago de la diferencia entre el haber que percibe y el haber mínimo garantizado por el art. 46 de la ley 26.198. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES el pago de esa diferencia, con sus respectivos intereses retroactivos. ANSES apeló la sentencia, cuestionando que la actora no tiene derecho al haber mínimo al provenir del régimen de capitalización. La Cámara Federal de Rosario, Sala B, rechazó los agravios de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia. La Cámara consideró que la sentencia de primera instancia no era arbitraria, ya que cumplía con los requisitos del art. 163 del CPCCN. Además, confirmó que corresponde aplicar la prescripción bienal prevista en el art. 82 de la ley 18.037 para liquidar las diferencias de los dos años anteriores al reclamo administrativo. Por último, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada vencida, en línea con la jurisprudencia de la CSJN.
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