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BOLLERO, MARIO GUILLERMO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó la inconstitucionalidad de normas sobre movilidad jubilatoria. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando inconstitucional el artículo 2 de la Ley 27.426 pero rechazando el planteo sobre el artículo 55 de la Ley 27.541.

Retroactividad Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Movilidad jubilatoria

Declaración de inconstitucionalidad de normas sobre movilidad jubilatoria (arts. 2 de la Ley 27.426 y 55 de la Ley 27.541) Decisión:
- Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 por aplicación retroactiva.
- Se rechazó la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.541, siguiendo el precedente "PARADA".
- Se declaró la inconstitucionalidad de la retención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Se impusieron las costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto al art. 55 de la Ley 27.541, el tribunal consideró que no se acreditó lesión constitucional ni arbitrariedad manifiesta, siendo la norma justificada por la situación de crisis.
- En cuanto a la supuesta aplicación retroactiva de la suspensión de la movilidad, el tribunal remitió a su precedente "ARMANDO" donde se analizó la diferencia entre "devengado" y "percibido".
- Sobre la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, se confirmó lo resuelto en el precedente "OLLOCCO".
- Respecto a la excepción de prescripción, no correspondía su análisis al no haber contestado la demanda la parte demandada.
- Se declaró la inconstitucionalidad de la retención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, siguiendo jurisprudencia de la CSJN.

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