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AMADIO, HECTOR LUIS c/ ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES SOCIOS DE LA ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICOS DE BANCOS OFICIALES NACIONALES s/AMPARO LEY 16.986

El actor reclamó el mantenimiento de su afiliación a la obra social del personal jerárquico de bancos. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y homologó el acuerdo entre las partes.

Obra social Aportes Afiliacion Anses Ley 23 660 Decreto 576 93 Ostsampjbon


¿Quién es el actor?

Héctor Luis Amadio
- Demandados: Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales (AMPJBON) y Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales (OSTSAMPJBON)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se mantenga la afiliación del actor a la obra social de origen y se deriven los aportes retenidos por ANSES.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia que había rechazado el libramiento de un oficio a ANSES, y homologó en su totalidad el acuerdo alcanzado entre las partes. En dicho acuerdo se dispuso que ANSES debe transferir mensualmente a OSTSAMPJBON el 100% del aporte de obra social retenido al actor, y éste deberá abonar la diferencia entre dicho aporte y el valor de la cuota del plan superador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ANSES y el INSSJP-PAMI no pueden oponerse ni verse afectados por el acuerdo entre las partes, ya que son meros agentes de retención y liquidación de aportes, conforme los arts. 16 y 20 de la Ley 23.660 y el Decreto 576/93.
- Por tanto, ANSES debe ser notificada para que realice las transferencias mensuales de los aportes a la obra social elegida por el actor.

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