PIPOLO, VANESA PAULA c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Rosario confirma el otorgamiento de la pensión por fallecimiento del afiliado a favor de su conviviente al considerar que la normativa vigente ampara la protección previsional.
Otorgamiento de la pensión directa por fallecimiento de su esposo Eduardo Manuel Caccia
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, otorgando el beneficio de pensión directa a la actora.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes "Tarditti", "Russo" y "Avaca" estableció que el derecho a la pensión por muerte del afiliado durante la relación laboral no queda sujeto a las condiciones de satisfacción de los aportes, sino que debe aplicarse el art. 53 inc. a de la Ley 24.241.
- Al momento del fallecimiento, el causante se encontraba inscripto como Monotributista, por lo que su situación encuadra en el art. 53 inc. c de la Ley 24.241 y en las circunstancias valoradas por la Corte Suprema.
- Se declaró de oficio la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 que derogaba el art. 36 de la Ley 27.423, por lo que se confirmó la imposición de costas a la demandada vencida conforme a dicha norma.
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