MOVIPORT S.A c/ MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Rosario confirmó la validez de la ordenanza municipal que restringe el tránsito pesado en una sección de la Ruta Nacional 188, considerando que no viola derechos constitucionales de manera irrazonable.
¿Quién es el actor?
Moviport S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo contra la Ordenanza N° 10.265 que restringe el tránsito pesado en un tramo de la Ruta Nacional 188.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario rechazó el recurso de apelación interpuesto por Moviport S.A. y confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La declaración de inconstitucionalidad de una norma es la última ratio del ordenamiento jurídico, por lo que el juzgador debe abstenerse si la solución puede alcanzarse sin acudir a ella.
- La restricción de circulación impuesta por la ordenanza municipal, si bien limita el ejercicio de derechos como el de tránsito y propiedad, no los hace impracticables más allá de lo razonable.
- La ordenanza prevé la posibilidad de excepciones para empresas con sede en el tramo restringido, a través de convenios específicos, lo cual no fue invocado por la actora.
- La falta de plazo definido para el levantamiento de la restricción no invalida la norma, ya que el municipio no puede disponer sobre tareas que no le son propias.
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