RUETA, MARTIN RUBEN (EN REP. DE SU MADRE C.L.A.) Y OTRO c/ OBRA SOCIAL GALENO ARGENTINA S.A. Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió demanda de amparo para que la obra social le otorgue la cobertura integral de prestaciones domiciliarias. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia y ordenó a la obra social cubrir las prestaciones al valor dispuesto para la prestación de apoyo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Los Sres. Martín Rubén Rueta y Germán Rubén Rueta, en representación de su madre L.A.C., iniciaron una acción de amparo contra la obra social Galeno Argentina S.A. a fin de que le otorgue las prestaciones de internación domiciliaria, kinesiología motora, atención médica domiciliaria y otras prestaciones.
La Cámara Federal confirmó la procedencia de la vía de amparo, considerando la obligación impostergable de garantizar el derecho a la salud. Respecto a la cobertura, modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo que para las prestaciones de fonoaudiología y kinesiología motora, la cobertura debe limitarse al valor previsto para la prestación de apoyo en el nomenclador para personas con discapacidad. Para el resto de las prestaciones, la cobertura debe limitarse al valor que la obra social abona a prestadores de similares características. En relación al acompañante terapéutico, se asimiló su valor al módulo "hogar permanente
- categoría A" del nomenclador.
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