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POCCIONI, ELBA DELIA NAZARENA c/ OSDE s/PRESTACIONES MEDICAS

La actora promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social brindar la cobertura de internación geriátrica. La Cámara Federal confirma la sentencia que hizo lugar parcialmente al amparo ordenando a la obra social cubrir la internación conforme lo dispuesto.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Elba Delianazarena Poccioni, afiliada a la obra social OSDE, promovió acción de amparo solicitando que se ordene a OSDE brindar la cobertura de su internación en un establecimiento geriátrico. La Sra. Poccioni es una persona de 93 años con discapacidad certificada y diversas patologías que requieren asistencia permanente. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente al amparo y ordenó a OSDE brindar la cobertura de la internación en el geriátrico donde se encontraba alojada, hasta el valor establecido en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad más un 35% en concepto de dependencia. OSDE apeló la sentencia, cuestionando la obligación de brindar la cobertura en la institución elegida por la actora y el monto de la cobertura dispuesto. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Destacó que el informe del Cuerpo Médico Forense avalaba la necesidad de la internación geriátrica y que el traslado a otra institución podría empeorar la salud de la Sra. Poccioni. Consideró que correspondía aplicar el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y el adicional por dependencia. Impuso las costas a la demandada vencida.

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