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ARAUCO ARGENTINA SA c/ INSTITUTO NACIONAL DE VITININICULTURA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora promovió demanda contencioso administrativa impugnando una sanción administrativa del Instituto Nacional de Vitivinicultura. La Cámara Federal de Rosario revocó la sentencia de primera instancia que había declarado la nulidad de la sanción.

Reglamentacion Principio de legalidad tributaria Hecho imponible Tasa sobre metanol Movimientos internos Ley de alcoholes 24 566

Impugnación de sanción administrativa por incumplimiento del pago de la tasa del 2% sobre movimientos internos de metanol

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, confirmando la sanción administrativa. Consideró que el Instituto actuó dentro de sus facultades reglamentarias al aplicar la tasa prevista en la Ley de Alcoholes 24.566 sobre los movimientos internos de metanol, aun cuando el producto final no contenga metanol.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La tasa del 2% sobre el metanol fue creada por la Ley 24.566, correspondiendo al Instituto reglamentarla.
- La Resolución 43/2018 reglamentó adecuadamente el hecho imponible, abarcando los movimientos internos de metanol utilizados para elaborar otros productos.
- No se violó el principio de legalidad tributaria, pues la reglamentación no amplió ni modificó el hecho imponible establecido por la ley.

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