COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 63389842/20 - DISP 434/21) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A. promovió recurso directo contra la sanción impuesta por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor. La Cámara Federal de San Martín confirmó la multa aplicada por la infracción cometida.
¿Quién es el actor?
Coto Centro Integral de Comercialización S.A. (Coto CICSA)
¿A quién se demanda?
Ministerio de Desarrollo Productivo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra la Disposición DI-2021-434-APN-DGD#MDP, que sancionó a Coto CICSA con multa de $500.000 por infracción al art. 7 de la Ley de Defensa del Consumidor, por restringir la venta de productos del programa "Precios Cuidados" sin autorización.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de San Martín confirmó la sanción impuesta. Destacó que la inspección constatató que Coto CICSA restringió la oferta de productos sin autorización previa, lo que configuraba una infracción formal pasible de sanción. Consideró que la multa aplicada no resultaba arbitraria ni excesiva, dado que se adecuaba a los criterios de graduación previstos en la ley y a los antecedentes de la empresa.
Fundamentos relevantes:
- La Ley de Defensa del Consumidor establece un régimen tuitivo de los derechos de los consumidores, con vías administrativas y judiciales para su resguardo.
- Las infracciones a este régimen son denominadas "infracciones formales", donde la mera verificación de los hechos hace nacer la responsabilidad del infractor, sin requerir la comprobación de un perjuicio concreto.
- La autoridad administrativa motivó adecuadamente la sanción aplicada, ponderando los criterios legales de graduación como la posición de Coto en el mercado, antecedentes, y el carácter reincidente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: