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CAMPOS, CARLOS OSVALDO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Militares retirados reclaman incorporación del suplemento por zona al haber de retiro. La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y rechaza el reclamo al considerar que el suplemento es de carácter particular.

Ley 19 101 Haber de retiro Bonificable Remunerativo Suplemento por zona Caracter particular Militar retirado


- Actores: Carlos Osvaldo Campos y Miguel Ángel Campos, militares retirados

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Reclaman: Incorporar el "suplemento por zona" al haber de retiro como remunerativo y bonificable

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente a la demanda. Considera que el suplemento por zona es de carácter particular, no general, y su percepción depende de desempeñar tareas en zonas insalubres o penosas, lo cual no fue acreditado por los actores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Ley 19.101 faculta al Poder Ejecutivo a crear suplementos particulares diferentes a los previstos en la ley. El suplemento por zona, según el art. 57 de la ley, se otorga por realizar tareas de alta especialización o en ambientes insalubres/penosos, no tiene carácter general. Los actores no acreditaron percibir este suplemento en actividad de forma permanente.

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