LENTINI, MONICA AMANDA c/ OBRA SOCIAL DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ANDAR) (OSVVRA) s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras jubilarse. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia que ordenó a la obra social a mantener la afiliación, debiendo la actora abonar la diferencia de aportes.
¿Quién es el actor?
Mónica Amanda Lentini
¿A quién se demanda?
Obra Social de Viajantes Vendedores De La República Argentina (ANDAR) (OSVVRA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que la obra social mantenga la afiliación de la actora en las mismas condiciones previas a su jubilación, sin límites temporales ni presupuestarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando a la obra social mantener la afiliación pero estableciendo que la actora debe abonar la diferencia de aportes entre lo retenido de su jubilación y el costo total del plan.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La ley permite al afiliado jubilado permanecer en la obra social a la que pertenecía previamente. Si bien la obra social debe mantener la afiliación, corresponde que la actora abone la diferencia de aportes para cubrir el costo total del plan. No corresponde oficiar a la Superintendencia de Servicios de Salud ni a la ANSeS, al ser cuestiones administrativas.
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