ACUÑA, MARIA ALEJANDRA (POR LA REPR. INVOCADA) c/ SWISS MEDICAL GROUP MEDICINA PRIVADA s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para obtener cobertura integral de una cirugía de cardioneuroablación. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la cobertura se limite al monto que la obra social abonaría a prestadores propios.
Cobertura integral de cirugía de cardioneuroablación en la Fundación Favaloro
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada, ordenando que la cobertura se limite al monto que abonaría a prestadores propios, debidamente acreditado. Confirmó el fallo en todo lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que si bien las obras sociales deben autorizar y abonar prácticas de prestadores de su cartilla, en este caso la actitud de la demandada de no cubrir la cirugía en el instituto donde la menor ha sido atendida resultaba arbitraria. Sin embargo, ordenó limitar la cobertura al monto que abonaría a prestadores propios, al no acreditarse la imposibilidad de la actora de afrontar la diferencia.
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