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BERTUZZI, IRENE SUSANA Y OTRO c/ OSDE s/PRESTACIONES QUIRÚRGICAS

Los actores promovieron demanda por cobertura de una cirugía indicada a su hijo. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la prepaga mantener la afiliación sin cobro de cuota diferencial y la cobertura de la cirugía.

Medicina prepaga Declaracion jurada Derecho a la salud Enfermedad preexistente Cobertura medica Mala fe


¿Quién es el actor?

Irene Susana Bertuzzi y su hijo Valentino Aldegheri

¿A quién se demanda?

OSDE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que OSDE cubra la cirugía en el dedo gordo del pie derecho por "hallux rígido" de Valentino y mantenga la afiliación del grupo familiar sin cobro de cuota diferencial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Señaló que la prepaga no acreditó que los actores hubieran obrado de mala fe u ocultado información sobre el estado de salud. Resaltó la obligación de garantizar el derecho a la salud y que los sujetos vulnerables como los usuarios de medicina prepaga no pueden ser exigidos la misma diligencia que en un contrato comercial. Fundamentos relevantes:
- "No se encuentra controvertido en las presentes actuaciones el diagnóstico que aqueja al joven Aldegheri. Se cuestiona, en cambio, la obligación de OSDE de mantener la cobertura de salud y la afiliación de todo el grupo familiar en los mismos términos en que los venía otorgando hasta el momento en que adujo ocultamiento de enfermedad preexistente e informó valor de cuota diferencial".
- "De la compulsa de la documental aportada, surge que al momento de completar el formulario de "Solicitud de afiliación", la accionante indicó en el año 2022 su hijo Valentino, fue sometido a una cirugía de "Dedo gordo pie derecho Hallux rígido", por ello de las pruebas rendidas en las presentes actuaciones no luce acreditado, tal como se requiere en estos casos, que la amparista hubiese obrado de mala fe o encubierto información respecto al estado de salud de su hijo".
- "Ponderando los derechos en juego y, en particular, la necesidad de la cirugía, se dispone que OSDE deberá mantener a los actores y a al grupo familiar en el mismo plan y condiciones con que contaba hasta el momento de disponerse la rescisión contractual, conforme fuera ordenado en la instancia de grado".

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