DEMICH, ANA MARIA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La actora apeló la sentencia que rechazó su acción de amparo contra ANSES por la suspensión y baja de su prestación previsional anticipada. La Cámara Federal confirmó la decisión al entender que ANSES actuó conforme a la normativa vigente.
¿Quién es el actor?
Ana María Demich
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Rehabilitación de prestación previsional anticipada y pago de haberes retenidos
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de amparo. La ANSES suspendió y dio de baja la prestación anticipada de la actora por cuanto se registraron aportes como monotributista entre junio y agosto de 2023, lo cual era incompatible con el goce de la prestación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La normativa aplicada por ANSES (Decretos 674/2021 y 558/2023, Resoluciones 21/2021, 2/2022 y 27/2023) establece que el beneficio de prestación anticipada es incompatible con el desarrollo de una actividad laboral, por lo que la suspensión y baja dispuesta por ANSES no reviste arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. Más aún, cuando la actora cumplió la edad legal para obtener la jubilación ordinaria el 29/07/2024, extinguiéndose el beneficio anticipado.
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