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DEMICH, ANA MARIA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La actora apeló la sentencia que rechazó su acción de amparo contra ANSES por la suspensión y baja de su prestación previsional anticipada. La Cámara Federal confirmó la decisión al entender que ANSES actuó conforme a la normativa vigente.

Seguridad social Incompatibilidad Anses Monotributo Prestacion previsional anticipada


¿Quién es el actor?

Ana María Demich

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rehabilitación de prestación previsional anticipada y pago de haberes retenidos

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción de amparo. La ANSES suspendió y dio de baja la prestación anticipada de la actora por cuanto se registraron aportes como monotributista entre junio y agosto de 2023, lo cual era incompatible con el goce de la prestación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La normativa aplicada por ANSES (Decretos 674/2021 y 558/2023, Resoluciones 21/2021, 2/2022 y 27/2023) establece que el beneficio de prestación anticipada es incompatible con el desarrollo de una actividad laboral, por lo que la suspensión y baja dispuesta por ANSES no reviste arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. Más aún, cuando la actora cumplió la edad legal para obtener la jubilación ordinaria el 29/07/2024, extinguiéndose el beneficio anticipado.

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