GIANNI, ROSA LIDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Tucumán modificó parcialmente la sentencia, ordenando utilizar el ISBIC para actualizar la Prestación Básica Universal.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso de la actora. Se ordena:
- Utilizar el ISBIC para actualizar la Prestación Básica Universal (PBU) hasta la fecha de adquisición del beneficio.
- Revocar la imposición de costas por el orden causado.
- Rechazar el resto de los agravios de la actora.
- Rechazar el recurso de la demandada.
Fundamentos relevantes:
- El ISBIC debe utilizarse para actualizar la PBU, dado que fue el índice usado para repotenciar los otros componentes del haber (PAP y PC). Utilizar un índice distinto para la PBU sería una incongruencia.
- Para determinar si existe una quita confiscatoria, se debe calcular la Incidencia Porcentual (IP) que la falta de reconocimiento del reajuste de la PBU tiene sobre el total del haber. Si la IP es igual o superior al 15%, procede el reajuste.
- No se hace lugar a la inconstitucionalidad planteada sobre la Ley 26.417, por falta de acreditación de los agravios.
- Se confirma la sentencia en cuanto a las pautas de movilidad aplicables.
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