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OLIVA, ELVIRA HAYDEE c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a los índices aplicables al cálculo de la Prestación Básica Universal y al tratamiento de los aportes autónomos.

Reajuste Prestacion previsional Prestacion basica universal Aportes autonomos Isbic Indice badaro


- Actora: Elvira Haydee Oliva

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en la prestación previsional de la actora Decisión del tribunal:
- Confirma sentencia de primera instancia con modificaciones:
- Respecto a las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, se aplicará el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) en caso de resultar una disminución confiscatoria.
- Para el cálculo de la Prestación Básica Universal, se utilizará el índice fijado por la CSJN en el precedente "Badaro".
- En cuanto a los aportes autónomos, se realizará una diferenciación entre los aportes realizados en forma tempestiva y los ingresados a través de planes de facilidades de pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara remite a los precedentes "Testa" y "Guidi" en relación a la aplicación de la doctrina de "Quiroga" y el índice a aplicar.
- Respecto a la aplicación de la doctrina de "Danculovic", la Cámara considera que corresponde dejar a resguardo la posible actualización de la Prestación Básica Universal.
- En cuanto a los aportes autónomos, la Cámara aplica el criterio establecido en "Failembogen" para computar la totalidad de los aportes efectuados.

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