HURIE, ELISA ANDREA Y OTRO c/ ITER MEDICINA S.A. Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
Paciente con enfermedad de Alzheimer demanda cobertura de tratamiento plasmático. La Cámara Federal confirma sentencia que ordenó a la obra social brindar la cobertura integral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Elisa Andrea Hurie y el Sr. Gabriel Jorge Bet promovieron acción de amparo contra Iter Medicina S.A. y la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (OSPACA) a fin de obtener la cobertura del 100% de los recambios plasmáticos terapéuticos indicados por el profesional tratante, así como la cobertura de medicamentos, materiales descartables, honorarios profesionales, gastos de traslado y hospedaje, en virtud de la enfermedad de Alzheimer que padece la Sra. Hurie. El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo contra OSPACA, ordenándole brindar la cobertura integral solicitada. OSPACA apeló la imposición de costas y el monto de los honorarios regulados al letrado de los actores. La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de OSPACA y confirmó la sentencia apelada. Respecto a las costas, señaló que no se presentaron argumentos válidos que justifiquen apartarse del principio general de la derrota. En cuanto a los honorarios, consideró que no resultaban elevados en relación a la calidad, extensión, resultado obtenido y pautas legales.
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