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PEREZ BUTTORI, EMILIANA Y OTRO c/ OMINT SA s/AMPARO LEY 16.986

Los actores promovieron acción de amparo para que la obra social brinde cobertura integral del tratamiento de fertilidad asistida. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la cobertura solicitada.

Cobertura Accion de amparo Ley 26 862 Limite de tratamientos Tratamiento de fertilidad asistida Decreto 956 13


- Actores: Emiliana Pérez Buttori y Juan Manuel Malatesta

¿A quién se demanda?

OMINT SA de Servicios

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que la obra social brinde cobertura integral del tratamiento de fertilidad asistida (ICSI) y medicamentos

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la cobertura solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 8 del Decreto Reglamentario 956/13 de la Ley 26.862 establece un límite de 3 tratamientos anuales de alta complejidad, con intervalos mínimos de 3 meses entre cada uno.
- La ausencia de referencia temporal expresa en la norma solo responde a un recurso idiomático, debiendo interpretarse que el límite es anual, tal como lo resolvió la CSJN en "Y. M. V. y otro c/ IOSE s/ amparo de salud".
- No corresponde excluir la imposición de costas a la obra social por resultar vencida.
- Los honorarios regulados a las letradas de la parte actora resultan adecuados.

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