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RICHARD JACQUELINE GISELE, EN REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social brindar cobertura de acompañante terapéutico a su hijo. La Cámara Federal de Paraná modificó parcialmente la sentencia al revocar la condena por el mes de enero pero confirmó la prestación a partir de febrero.

Obra social Discapacidad Cobertura Ley 24 901 Acompanante terapeutico Autismo Prestaciones de apoyo


¿Quién es el actor?

Sra. Jacqueline Gisele Richard, en representación de su hijo menor J.L.

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de cobertura integral de acompañante terapéutico para su hijo menor con diagnóstico de autismo

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la condena por el mes de enero, confirmando la cobertura a partir del 08/02/2024 y ordenando que los montos se adecuen a los valores fijados por el Colegio de Acompañantes Terapéuticos. Se confirmó el resto de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que la figura del acompañante terapéutico se encuadra en las "prestaciones de apoyo" previstas en la Ley 24.901. Señaló que las obras sociales deben brindar las prestaciones indicadas por el médico tratante cuando se justifica la necesidad para el tratamiento del paciente. Respecto a la condena por enero, sostuvo que el amparo no es vía adecuada para reclamar un pago de sumas de dinero por un período ya transcurrido.

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