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MARTINEZ, MARIA SOLEDAD EN REP DE SU PADRE MARTINEZ SERGIO c/ OSDEPYM s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social OSDEPYM y obtener la cobertura de tratamientos de rehabilitación. La Cámara Federal de Salta confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a OSDEPYM mantener la afiliación del actor en el plan que poseía.

Obra social Discapacidad Rehabilitacion Reintegro de gastos medicos Afiliacion Cobertura integral Acompanante terapeutico


- Actor: María Soledad Martínez, en representación de su padre Sergio Luis Martínez
- Demandado: OSDEPYM
- Objeto: Mantener afiliación a OSDEPYM y obtener cobertura de tratamientos de rehabilitación
- Decisión:
- Se ordenó a OSDEPYM mantener la afiliación de Sergio Luis Martínez en el plan PYME 800 y autorizar las prestaciones de acompañante terapéutico, fonoaudiología, fisioterapia y tratamiento psicológico.
- Se rechazó el reintegro de gastos por atención con psiquiatra y neuróloga no incluidos en la cartilla de OSDEPYM.
- Se revocó la facultad otorgada al actor de ampliar la planilla de reintegro de gastos.
- Se estableció que el actor deberá abonar la diferencia entre los aportes y el valor del plan, en caso de que el plan sea superior al PMO. Fundamentos:
- El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes permite al jubilado elegir la obra social que le brindará la cobertura, aplicándose la doctrina del fallo "Albónico".
- Corresponde priorizar el criterio de los médicos tratantes sobre el de la auditoría de la obra social.
- No corresponde reconocer la cobertura de prestaciones brindadas por profesionales fuera de la cartilla de OSDEPYM, salvo excepciones debidamente justificadas.

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