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MIRABAL, EVA ARGENTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La jubilada Eva Argentina Mirabal obtuvo sentencia favorable ordenando el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente la sentencia, estableciendo una fecha de inicio para el pago de diferencias más antigua.

Intereses Costas Prescripcion Jubilacion Seguridad social Movilidad Reajuste de haberes


¿Quién es el actor?

Eva Argentina Mirabal

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES, revocando el punto que establecía el inicio del pago de diferencias desde el 25/06/2017 y fijándolo en el 30/09/2022, que fue la fecha del último reclamo administrativo de la actora. En lo demás, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el régimen de movilidad previsto en la Ley 24.016 se encuentra vigente, por lo que no puede sostenerse que sea desplazado por el Decreto 137/05.
- Respecto al inicio del cómputo de la prescripción, la Cámara entendió que correspondía tomar la fecha del último reclamo administrativo (30/09/2022) y no la del primer reclamo denegado (26/11/2019), por considerar que este último importó una renovación de la pretensión.
- Sobre la tasa de interés, la Cámara consideró que la aplicación de la tasa activa del Banco Nación no resulta irrazonable ni perjudicial para ANSES.
- En cuanto a las costas, la Cámara confirmó la imposición a ANSES, de acuerdo a la reciente jurisprudencia de la Corte Suprema en "Morales, Blanca Azucena".

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