RIOS, BERNARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes en su jubilación. La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, precisando los términos del reajuste de la movilidad del haber jubilatorio.
- Actor: Bernardo Ríos
- Demandado: ANSES
- Objeto: Recálculo del haber inicial y la movilidad del beneficio jubilatorio del actor
- Decisión: Se rechazan los agravios de ANSES sobre el cálculo del haber inicial y la movilidad, la aplicación de los índices de la Ley 27.260, los topes de las Leyes 24.241 y 24.423, el descuento de ganancias y la imposición de costas. Se hace lugar parcialmente al agravio sobre el reajuste por movilidad, ordenando a ANSES actualizarlo conforme a los criterios jurisprudenciales. Se difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y del recálculo de la PBU para la etapa de ejecución de sentencia.
Extractos relevantes:
"Corresponde desestimar los agravios dirigidos a cuestionar las pautas establecidas por la jueza para el recálculo del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad del haber del actor."
"ANSeS deberá reajustar su haber jubilatorio hasta el 31/3/18 conforme a la ley 26.417; desde esa fecha y hasta diciembre de 2019 de acuerdo con la fórmula establecida por la ley 27.426; para el año 2020 con los aumentos dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional mediante los decretos 163/20; 495/20; 692/20 y 899/20, aclarándose que dicha actualización -por el año 2020
- no podrá ser inferior a las variaciones que registre el índice establecido por la ley 27.551 (de alquileres) el que significó en la práctica y según cálculos de esta Sala, un 35,55% anual."
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