VIDAL, JUAN JOSE (POR LA REPR. INVOCADA) c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS s/AMPARO LEY 16.986
El actor demandó a la obra social por la cobertura de un acompañante terapéutico para su hijo con discapacidad. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó a la obra social brindar la cobertura conforme los valores fijados por el colegio profesional.
- Actor: Juan José Vidal (en representación de su hijo menor con discapacidad, I.M.V.)
- Demandado: Obra Social de Petroleros (OSPE)
- Objeto: Acción de amparo solicitando la cobertura integral de un acompañante terapéutico para su hijo en el ámbito escolar durante 2024.
- Decisión: La Cámara Federal rechazó el recurso del actor y modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó a OSPE brindar la cobertura de 6 sesiones semanales de acompañante terapéutico, debiendo abonar a los prestadores ajenos a su red los valores fijados por el Colegio de Acompañantes Terapéuticos de Entre Ríos.
- Fundamentos: La Cámara consideró que la prescripción médica presentada no justificaba la demanda de cobertura por todo el ciclo lectivo. Respecto a los valores, la Cámara aplicó su precedente "Bergara" que establece que la obra social debe abonar los valores fijados por el colegio profesional. Se impusieron las costas en el orden causado.
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