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BLANCH, HECTOR ROBERTO EN REP DE SU HIJO c/ OSUTHGRA s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la obra social para que brindara cobertura de maestra de apoyo extraescolar a su hijo con discapacidad. La Cámara Federal de Paraná modificó la sentencia de primera instancia para ajustar el monto a abonar por la obra social a los valores del nomenclador.

Obra social Discapacidad Amparo Prestaciones basicas Nomenclador Maestra de apoyo extraescolar


¿Quién es el actor?

Héctor Roberto Blanch, en representación de su hijo menor R.B.

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Unión de Trabajadores del Turismo Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (OSUTHGRA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de maestra de apoyo extraescolar para R.B., niño con discapacidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la obra social. Ordenó que los montos a abonar por OSUTHGRA deben ajustarse a los valores del nomenclador de prestaciones básicas para personas con discapacidad, y no a los presupuestados por la profesional. Confirmó el resto de la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que si bien el presupuesto de la profesional se ajustaba a la normativa vigente al momento, los montos a abonar por OSUTHGRA deben respetar los valores establecidos en el nomenclador, que constituye la regulación aplicable. Señaló que se trata de un niño con discapacidad, titular de derechos específicos protegidos por convenciones internacionales con rango constitucional.

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