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COTTET, MARIA INES - EN REP. DE SU HIJO - c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986

La Sra. Cottet demanda a OSECAC por la afiliación de ella y su hijo con discapacidad. La Cámara Federal confirma la sentencia de primera instancia y ordena a OSECAC que proceda a afiliarlos.

Amparo Obra social Afiliacion Discapacidad Grupo familiar primario Regimen simplificado para pequenos contribuyentes


- Actor: Sra. María Inés Cottet, por derecho propio y en representación de su hijo Darío Cottet
- Demandado: Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)
- Objeto: Solicitud de afiliación de la Sra. Cottet y su hijo Darío (quien posee certificado de discapacidad) a OSECAC La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de OSECAC y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenaba a la obra social afiliar a la actora y su hijo. La Cámara consideró que:
- No se acreditó que la Sra. Cottet ya estuviese afiliada a OSECAC.
- La falta de alta en AFIP del hijo como familiar a cargo no es un impedimento para otorgarle la cobertura médica, dado que la Ley 23.660 de Obras Sociales prevé la afiliación de los grupos familiares primarios, incluyendo a los hijos solteros hasta 21 años no emancipados, como es el caso.
- La negativa de OSECAC no se ajusta a derecho y contradice lo establecido en la Ley 23.660. Se imponen las costas a la demandada por resultar vencida y se regulan honorarios a los letrados de las partes.

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