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ALANCAY VILLANUEVA, TOMASA c/ ANSES s/PENSIONES

La beneficiaria interpuso demanda por pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, considerando al causante como "aportante regular con derecho".

Pension Seguridad social Aportante regular Proporcionalidad Beneficio previsional Requisitos legales


- Actor: Sra. Tomasa Alancay Villanueva
- Demandado: ANSES
- Objeto: Otorgamiento del beneficio de pensión derivado del fallecimiento del cónyuge, Sr. Miguel Angel Prieto
- Decisión: La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda, declarando la inaplicabilidad de la reglamentación del Decreto 460/99 y ordenando a ANSES que otorgue el beneficio de pensión solicitado por la actora. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha propiciado una interpretación amplia del Decreto 460/99, considerando que la regularidad de los aportes debe ser valorada de modo proporcional con los lapsos trabajados y el período de afiliación, en atención a las situaciones de injusticia que pueden generarse.
- En el caso, el causante contaba con 26 años, 11 meses y 5 días de aportes al momento de su fallecimiento a los 60 años, lo que representaba la mayor parte de su vida laboral activa. Por lo tanto, corresponde considerarlo "aportante regular con derecho" a los fines del otorgamiento de la pensión.
- La exigencia del Decreto 460/99 de 30 meses de aportes en los últimos 36 meses previos al fallecimiento resultaría irrazonable en este caso, dejando fuera de la condición de "aportante regular" a quien demostró haber sido solidario con el sistema previsional.

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