CHAIN, MARTA GLADIS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que dispuso el reajuste del haber previsional en el 82% móvil de la remuneración.
La Sra. Marta Gladis Chain demandó a la ANSES por el reajuste de su haber jubilatorio. La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, fijando el reajuste del haber previsional en el 82% móvil de la remuneración mensual del cargo a la fecha del cese en la actividad laboral.
La ANSES apeló la sentencia cuestionando las pautas fijadas para el reajuste del haber y considerando inaplicable el precedente "Gemelli" de la CSJN. Sin embargo, la Cámara Federal de Apelaciones de Salta desestimó los agravios de la demandada y confirmó la resolución de primera instancia.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- La cuestión planteada es sustancialmente análoga al antecedente "Bustillos, Nelcy del Carmen c/ ANSeS s/ reajuste de haberes", por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí expuestos.
- No se encuentra controvertido que la Sra. Chain obtuvo el beneficio jubilatorio el 1/8/10, por lo que corresponde confirmar el reajuste del haber previsional en el 82% móvil de la remuneración mensual del cargo a la fecha del cese en la actividad laboral (art. 4° de la ley 24.016).
- En cuanto al coeficiente de variación salarial docente (CVD) que reconoce la ANSES que estaría cobrando la accionante, corresponde remitirse a lo resuelto por esta Sala I en los precedentes "Arévalo, Olimpia Florencia Ramona c/ ANSeS s/ reajustes varios" y "Delgado, Marta Estela c/ ANSeS s/ reajustes varios".
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