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PEDROTTI, GRACIELA BEATRIZ EN LA REPRESENTACION INVOCADA c/ OBRA SOCIAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (OSFATLYF) s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió demanda de amparo para que la obra social brinde cobertura integral del valor facturado por la residencia geriátrica de su padre. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social otorgar la cobertura integral solicitada.

Amparo Obra social Discapacidad Cobertura integral Derecho a la salud


- Actor: Sra. Graciela Beatriz Pedrotti, en representación de su padre el Sr. Dean Jorge Pedrotti
- Demandado: Obra Social de la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (OSFATLYF)
- Objeto: Que la obra social reconsidere la cobertura otorgada y la provea en forma integral (100%) del valor facturado por la residencia geriátrica de su padre.
- Decisión: El juez de primera instancia hizo lugar al amparo y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral. La Cámara Federal confirmó dicha sentencia.
- Fundamentos:
- El Sr. Pedrotti se encuentra amparado por las leyes 22.431 y 24.901 sobre protección integral de las personas con discapacidad, a cargo de las obras sociales.
- El principio de integralidad implica que la prestación debe ejecutarse del modo más eficaz para satisfacer las necesidades de la persona con discapacidad, más allá de los valores previstos en el nomenclador.
- La cobertura integral no puede limitarse a los valores del nomenclador, sino que debe ser acorde a los valores presupuestados por el prestador.

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