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CESPEDES, LUIS ANIBAL c/ GENDARMERIA NACIONAL Y/O E.N.A. Y/O (MINISTERIO DE SEGURIDAD Y/O Q.R.R. s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda por incapacidad reconocida en acto de servicio. La Cámara Federal ordenó a Gendarmería Nacional otorgar los beneficios de la Ley 26.578 con retroactividad y pago de intereses.

Intereses Retroactividad Gendarmeria Ley 20 774 Ley 26 578 Ley 16 443 Incapacidad en acto de servicio


¿Quién es el actor?

Luis Aníbal Céspedes

¿A quién se demanda?

Gendarmería Nacional y/o Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Otorgamiento de beneficios por incapacidad reconocida en acto de servicio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a Gendarmería Nacional otorgar a Céspedes los beneficios establecidos en la Ley 26.578, con retroactividad al 1° de enero de 2010 y pago de intereses. La Cámara Federal analizó que Céspedes sufrió un accidente en acto de servicio el 29/06/1978 mientras prestaba servicios en Gendarmería, lo que le generó una incapacidad permanente parcial. Señaló que, de acuerdo a la jurisprudencia consolidada de la CSJN, el personal incapacitado "en acto de servicio" tiene derecho a los beneficios de la Ley 16.443 (promoción al grado inmediato superior), mientras que quienes se incapacitaron "en y por acto de servicio" gozan de los beneficios de la Ley 20.774 (promoción a dos grados jerárquicos más). La Ley 26.578 extendió estos derechos al personal de Gendarmería Nacional, por lo que correspondía hacer lugar al reclamo de Céspedes.

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