VILLAGRA, ALDO VIRGILIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor, beneficiario de pensión por fallecimiento de su cónyuge docente, impugnó el cálculo de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el reajuste al 82% móvil de la remuneración del cargo al cese, desestimando los demás agravios de la demandada.
Reajuste del haber previsional por movilidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó el reajuste del haber previsional al 82% móvil de la remuneración del cargo al cese, de acuerdo a la Ley 24.016. Desestimó los agravios de la ANSES sobre la inaplicabilidad del precedente "Gemelli", la procedencia del tope de la Ley 24.463 y el carácter remunerativo de los adicionales provinciales. También desestimó los agravios del actor sobre la tasa de interés y la falta de actualización monetaria.
Fundamentos principales:
- Remisión a los precedentes "Bustillos", "Arévalo", "Delgado", "Sajama", "Ursagaste Herrera" y "Toledo" sobre la procedencia del reajuste y la consideración de los adicionales provinciales como remunerativos.
- Aplicación de los precedentes "Guzmán" y "Spitale"/"Cahais" de la CSJN sobre la improcedencia del tope de la Ley 24.463 y la tasa de interés.
- Argumentos de la Sala I sobre la improcedencia de la actualización monetaria.
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