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PAVON, MANUEL ALBERTO EN REP. DE SU HIJO c/ OSPIM s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió amparo contra la obra social OSPIM para obtener la cobertura médica de un tratamiento especializado para su hijo con discapacidad. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a OSPIM otorgar la cobertura solicitada.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Cobertura medica Amparo Prestador externo


¿Quién es el actor?

Manuel Alberto PAVON, en representación de su hijo menor con discapacidad F.J.P.

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de la Industria de la Madera (OSPIM)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que OSPIM otorgue cobertura médica urgente, gratuita e integral para derivación al "Sanatorio Franchin", traslados en ambulancia y hospedaje para acompañante.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de apelación de OSPIM y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El menor está protegido por las leyes 22.431 y 24.901 que establecen el deber de las obras sociales de brindar cobertura integral.
- OSPIM no probó que el centro médico que ofrece (CEMIC) cuente con las especialidades necesarias para el tratamiento indicado por el médico pediatra.
- Corresponde la cobertura en el "Sanatorio Franchin" al acreditarse que es indispensable para resguardar la salud del menor.

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